¿Quién te puede cortar la luz?

Central eléctrica. FOTO: EFE.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) recuerda que la empresa distribuidora de electricidad sólo puede interrumpir el suministro de energía eléctrica a instancia del comercializador en caso de impago, según la respuesta proporcionada por el regulador organismo a petición de Hidrocantábrico (EDP).

Corte de energía programado de la empresa de servicios públicos

A veces, la empresa de servicios públicos realiza una serie de actualizaciones y cambios en la infraestructura de energía o en el punto de entrega. En estos casos, la interrupción del suministro eléctrico es necesaria para que los operarios que intervienen en las mejoras de la línea puedan realizar sus tareas con seguridad.

Este tipo de cortes de energía son planeados y planificados por las empresas distribuidoras. Por este motivo, la compañía está obligada a informar a sus clientes del corte del suministro eléctrico con suficiente antelación para no causarles ningún problema.

Ser informado y asesorado

Como consumidor, tienes derecho a ser informado y asesorado sobre los precios de la electricidad, la potencia contratada y todas las opciones disponibles en la empresa para ello, puedes elegir el servicio que mejor se adapte a tu caso particular. ¡Pregunta, pregunta y vuelve a preguntar!

Tienes derecho a elegir la comercializadora de energía eléctrica que deseas suministrar ya facturarte el servicio, ya sea una comercializadora de último recurso o una comercializadora de Mercado Libre. Recuerda que con la liberalización del sector eléctrico fue necesario separar cada actividad en agentes independientes, es decir que no por pertenecer a un grupo que tiene plantas de producción o que se encarga de la distribución de un área, tener electricidad ofreciendo más calidad o mejor atención en caso de incidencias. Por ley, deben atender a los clientes de todos los comercios por igual, como Holaluz.

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Bono social.

EFE – MADRID

No se puede interrumpir el suministro eléctrico por impago de un hogar con hijo menor de 16 años, minusválido del 33% o más o apoyos a personas dependientes reconocidos tras la aprobación de la Real un decreto-ley gubernamental que incluirá cambios en el bono social de electricidad.

¿Qué debo hacer si se va la luz?

Como hemos visto, lo primero que tenemos que entender es por qué se produjo el corte de corriente.

Si se pronostica un apagón pero no lo sabía, lo único que puede hacer es esperar a que se restablezca la energía.

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